Al fallecer el titular de un contrato de electricidad y gas natural, generalmente los familiares suelen dar de baja ambos contratos, sobre todo si el piso se va a quedar desocupado, y no saben por cuánto tiempo. Por ello, cuando el piso se vuelve a ocupar, es necesario realizar un alta de luz y gas.

En este artículo te vamos a dar todas las claves para que sepas cómo dar de alta la luz y el gas tras una baja por fallecimiento.

¿Qué documentación necesitas para darte de alta la electricidad?

Para realizar el alta de luz y gas natural necesitas una serie de documentos y/o datos:

  • Código CUPS: es el Código Unificado de Punto de Suministro, lo que equivaldría al DNI de una persona. Lo podemos encontrar en una factura antigua.
  • La dirección exacta de la vivienda donde se va a realizar el alta.
  • Certificado de Instalación o Boletín Eléctrico o Certificado de Instalación del gas: Generalmente, si hace poco que se dió de baja, esto puede no ser necesario, pero puede que la distribuidora solicite una revisión de ambas instalaciones.
  • Datos personales de quien será titular de los contratos.
  • En relación a la electricidad, potencia que se quiere contratar: determinará la cantidad de aparatos eléctricos que podremos enchufar a la vez.
  • Número de cuenta donde queremos domiciliar los recibos.

En el caso de la luz, un técnico instalará el Interruptor Controlador de Potencia (ICP), que es el encargado de regular la potencia elegida. En el caso del gas natural, tendrá que acceder al domicilio para instalar el contador de gas.

Pasos para realizar el alta de luz y gas natural

1.Elegir la comercializadora: Desde hace años, tanto el mercado del gas como el de la luz están liberalizados, por lo que podemos elegir la comercializadora que queramos, además del tipo de mercado (libre o regulado).

2.Elegir la potencia: Esto sólo es válido en caso de la electricidad. La media española se encuentra en 4,6 kilovatios. Determina la cantidad de aparatos eléctricos que podemos tener encendidos a la vez.

3.Elegir la tarifa:

  • Electricidad: Desde el último cambio de tarificación, a nivel doméstico (generalmente menos de 15 kW contratados) sólo existe una tarifa, la 2.0 TD. Sin embargo, en el mercado libre, las compañías ofrecen todos tipo de tarifas.
  • Gas natural: La tarifa la elige la distribuidora en función del consumo anual, existiendo dos tarifas más comunes a nivel doméstico:
    • RL.1: Hasta 5.000 kilovatios hora de consumo al año.
    • RL.2: De 5.000 a 15.000 kilovatios hora.

4.Proporcionar los datos y documentos necesarios: Como hemos comentado en el punto anterior, la comercializadora nos solicitará una serie de datos y documentos para poder realizar el alta.

Una vez que la comercializadora tiene todos los datos y documento, se los hace llegar a la distribuidora, encargada de realizar el alta de electricidad y gas natural.

Si bien no hay un tiempo establecido, el alta suele tardar entre 5 y 7 días hábiles, si está todo correcto.

¿Cuánto cuesta dar de alta la luz y el gas?

El precio del alta de luz y gas depende de diferentes aspectos, alguno de ellos común. Ese aspecto común es el tiempo que hace que no hay luz o gas en la vivienda. El corte temporal es de 3 años en caso de la electricidad y de 5 años en el caso del gas natural.

Además, en el caso de la electricidad, el coste del alta depende de la potencia que se quiera dar de alta. Esto se debe a que, al dar de alta, se pagan una serie de derechos, algunos de los cuales se pagan por kilovatio contratado:

  • Derechos de extensión: 17,37 €/kW + IVA
  • Derechos de Acceso: 19,70 €/kW + IVA
  • Derechos de Enganche: 9,04 € + IVA

En el caso del gas natural, el alta dependerá de la Comunidad Autónoma y de la tarifa a contratar.